22 enero 2010

Aborto: ¿soluciones éticas para un problema social?

Los problemas éticos y los problemas sociales pueden o no coincidir.  El adulterio, por ejemplo, que en algún momento constituyó un delito tipificado en el código penal de nuestro país -y en el de varios otros-, actualmente puede alegarse como causal de divorcio, pero no perseguirse como infracción penal pues, aunque la ética siga considerando a la fidelidad una virtud y a la infidelidad una conducta inmoral, este comportamiento ha dejado de considerarse una amenaza para la sociedad.  Por lo general la vida privada de las personas permanece ajena al derecho, que sólo puede intervenir para regular aquellas relaciones inter individuales que por su naturaleza implican algún riesgo para algún bien jurídico; a diferencia de la moral, una normativa interna que obliga a la persona a responder ante su propia conciencia, incluso por sus pensamientos.

Así, en muchos casos las soluciones éticas no constituyen soluciones jurídicas, puesto que estas últimas han de tener efecto en la sociedad y no únicamente en el fuero interno del individuo, y los conflictos sociales son consecuencia de una red compleja de causas y concausas que demandan regulaciones de utilidad práctica antes que discursos éticos prolongados, por acertados que estos puedan ser.  Me refiero concretamente a la problemática del aborto, que se abordó ya hace algún tiempo en este espacio, a través de la invitada Candela.

Los abortos clandestinos, perpetrados sin observar normas mínimas de asepsia, son innegables en nuestro medio. La penalización del aborto no es una motivación para que las mujeres se abstengan de procurarse uno, ya que la decisión que toman la mayoría de las veces obedece a razones de otro tipo, como la precariedad económica, la muy temprana edad, la situación de abandono, etc.  Lo que sí provoca la penalización, naturalmente, es la imposibilidad de acceder a una intervención segura, pues los establecimientos médicos no pueden ofrecer el servicio, como tampoco pueden, las farmacias, expender medicamentos que se consideran abortivos.  Es difícil calcular un índice estadístico de abortos practicados, ya que en su mayoría se ocultan, pero seguramente en aquellos países que despenalizaron la práctica y la reglamentaron, no hubo realmente un aumento dramático de casos.  Como mencioné, no es la ilegalidad lo que detiene a una mujer cuando se enfrenta a la decisión de interrumpir el embarazo.

Los países del que llamamos primer mundo, han despenalizado y regulado el aborto inducido con autorización de la mujer (el aborto sufrido siempre será un delito). Las regulaciones suelen implicar un límite de tiempo para su práctica -dentro de las primeras semanas de gestación-, así como la necesidad de demostrar ciertas situaciones para obtener una autorización judicial, entre las que puede incluirse la precariedad socioeconómica.  En Holanda, el aborto es legal sin restricciones; lo mismo ocurre en Noruega -el país con el nivel de vida más alto en el mundo-, en Dinamarca -el país más feliz del mundo- y en el resto de países nórdicos con excepción de Finlandia, en donde es necesario alegar una causal para obtener autorización. En la mayor parte de Latinoamérica en cambio, el aborto está penalizado con las excepciones de algunos estados mexicanos, Cuba y Puerto Rico.



Situación jurídica del aborto en distintos países del mundo
     No punible si la interrupción del embarazo se realiza antes de un plazo establecido.      No punible en casos de peligro para la salud física o mental, violación, defectos en el feto o factores socioeconómicos.      No punible en casos de peligro para la salud física o mental, violación o defectos en el feto.      No punible en casos de peligro para la salud física o mental o violación.      No punible en casos de peligro para la salud física o mental.      Punible sin excepciones.      Varía por región.      No hay información.

Desde un punto de vista bioético, la vida debe respetarse de manera absoluta, sin excepciones, por lo que deben excluirse también los abortos terapéutico y eugenésico -que nuestra legislación despenaliza- y, si vamos más allá, la lógica también mandaría que se proteja la vida no humana, pues las características propias de nuestra especie -como la elaboración del lenguaje- sólo empiezan a aparecer después de un tiempo de vida del individuo; es más, en el caso de oligofrenia u otras enfermedades, esos rasgos distintivos nunca llegan a desarrollarse.  Nuestro código civil llama "persona" sólo a aquel que ha nacido vivo y ha sido separado completamente del vientre materno; si la muerte se produce antes, se reputa que la criatura no ha existido jamás.

La solución ética no configura, pues, una solución social.  El problema social es un problema de salud pública, mental y física, de desesperación de madres muy jóvenes, muy pobres o con otros problemas posibles, que recurrirán a cualquier método para interrumpir un embarazo no deseado.  El problema social es un problema de desinformación, de educación sexual precaria, satanizada por creencias obsoletas, poblada de prejuicios y supersticiones.  El problema social es amplio, profundo y real; en nuestro medio la solución ética sencillamente no basta.

Imagen:  http://atenco.blogia.com/2007/081601-estado-laico-y-aborto.php